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Departamentos Jurídicos

Especialización laboral y procesal cuando el asunto la exige. Sin sustituir su función, y sin explicarle lo que ya sabe.

El planteamiento

Usted cubre societario, contratos, regulatorio, cumplimiento, tributario y, además, laboral. Es lo que la empresa necesita el 90 % del tiempo, y es exactamente por lo que existe un departamento jurídico interno.

El 10 % restante es otra cosa: el asunto laboral con dimensión procesal que exige una especialización estrecha, el caso cuyo impacto excede lo ordinario, la estrategia que conviene contrastar antes de comprometerla.

Ese 10 % no justifica contratar especialización permanente. Justifica poder llamarla.

Dónde aporta

01Profundidad procesal laboralEstudio de expediente, construcción y valoración de prueba, análisis de escenarios y estrategia. La Especialización en Derecho Procesal Civil sumada a la de Derecho del Trabajo cubre justamente la intersección donde estos asuntos se deciden.
02Contraste independienteRevisión de una estrategia ya diseñada, sin partir de la conclusión alcanzada. Incluida la posibilidad de que el resultado sea confirmarla.
03Criterio externo neutralCuando hay posiciones enfrentadas entre Legal, Recursos Humanos y Dirección, una opinión externa aporta algo que ninguna interna puede: no representa a ningún área.
04Capacidad adicionalCuando el volumen interno impide dedicar a un asunto complejo la atención que necesita.
05Traducción ejecutivaCuando dirección exige un sí o un no y la respuesta técnica no es binaria, hace falta formular la incertidumbre de manera que se pueda decidir sobre ella.

Qué no es

  • No es una toma de control del asunto. Usted mantiene la dirección salvo que la empresa decida otra cosa.
  • No es una auditoría de su trabajo.
  • No es un canal alternativo hacia su dirección general.
  • No es un despacho intentando entrar por la puerta lateral: la especialización laboral es la única materia sobre la mesa.

Sobre la experiencia judicial, sin rodeos

Diecisiete años en la jurisdicción laboral

Primera Instancia entre 1993 y 2001, Segunda Instancia hasta 2010. Significan una cosa concreta y una sola: haber pasado ese tiempo evaluando si los argumentos, la prueba y la estrategia de otros profesionales se sostenían.

No significa acceso, cercanía ni influencia ante ningún tribunal, ni ahora ni de forma latente. Usted es la persona con más criterio para valorar esa distinción, y por eso se dice aquí de forma explícita.

Preguntas frecuentes

¿Trabaja con el equipo interno o en paralelo?

Con el equipo. Trabajar en paralelo produce análisis peores y relaciones peores.

¿Cómo se contrata: por asunto o de forma continuada?

Ambas. Lo más frecuente es empezar por un asunto concreto.

¿Qué documentación necesita para un contraste de estrategia?

El expediente y los antecedentes. Cuanto más completo, más útil el análisis y menos tiempo se dedica a reconstruir hechos.

¿Puede asumir la dirección de un litigio si lo decidimos?

Sí, aunque no es el objeto por defecto del servicio de segunda opinión, que se entrega como análisis independiente.

¿Deriva asuntos?

La relación con departamentos jurídicos internos y con despachos generalistas es de colaboración en las dos direcciones.

Antes de una decisión importante, conozca sus riesgos y alternativas

Confidencial y atendida directamente por Marjorie Acevedo Galindo.